Recursos Humanos

Bajas

LSGH

Todos los formularios de la DRH se encuentran en el Drive de PERSONAL EXTERNO.

Jubilación

NO, todos los agentes municipales cuentan con el acompañamiento de la comuna para realizar su trámite. Podrán dirigirse al Área Previsional dependiente de la Dirección de RRHH cita en el 4ª Piso del Edificio Municipal, en horario de 8 a 14 hs. Tel. 4498205.

Una vez iniciado el trámite en ANSES, dicho organismo cuenta entre 90 a 150 días para emitir la resolución jubilatoria.

 

Si usted es mujer puede solicitar su continuidad laboral hasta los 65 años acogiéndose al Artículo 19 de la Ley 24.241. Si usted es varón, no puede seguir trabajando más allá de los 65 años.

SI, Usted puede completar los 30 años requeridos para una jubilación ordinaria sumando sus distintos aportes.

Desde la Dirección de Recursos Humanos se le notificará la fecha de cobro.

Deberá acercarse a la Dirección de Recursos Humanos a fin de iniciar con el trámite ante ANSES.

Deberá tener informe de Salud Laboral con evaluación previa, En caso afirmativo, acercarse a la Dirección de Recursos Humanos para iniciar trámite ante ANSES.

En el caso de las mujeres se suma un año de aporte por cada hijo y dos años por cada hijo con discapacidad, y si aún faltan años de aporte depende de ANSES por la ley de Moratoria que aún está en vigencia.

NO, la ley 24241 exige tener 60 años de edad en las mujeres y 65 años en los varones. Excepto que hayan sido incluido el la ley de jubilación Especial por haber realizado tareas INSALUBRES.

Renuncia

El agente envía carta documento al municipio. Desde SDA se forma EE y se toma la novedad correspondiente.

Cargo mayor jerarquía

Previo a formalizar el pedido de reserva debe estar en conocimiento el director del lugar de trabajo actualmente, se formaliza el EE cuando ya está el nombramiento realizado  se adjunta el pedido, fotocopia dni y  norma legal de la designación del cargo por mayor jerarquía.

Certificación de servicio

Se inicia un EE o NE a través de Mesa General de Entradas solicitando la actualización de Haberes a la Subdirección de Administración a fin de emitir el certificado laboral, luego a Liquidación de Haberes para certificado de actualización de haberes.